Se ha sostenido que el SERNAC se ha quedado “sin dientes”, por no tener facultades sancionadoras. Ello es un serio error que lleva a creer que nada cambiará.
Por el contrario, y tal cual lo ha dicho el actual director del SERNAC, estamos en presencia del cambio más importante de los últimos 20 años en materia de Derecho del Consumo.
En efecto, la ley Nº 21.081 que fortalece al SERNAC contiene importantes modificaciones que se deben considerar y que debieran generar los incentivos necesarios para que los proveedores cambien sus prácticas.
En términos resumidos, estos cambios son:
1.- Aumentan significativamente las multas por las infracciones a la ley. La siguiente tabla expresa algunos de los casos contemplados en la LPC, lo cual da muestra de que las nuevas multas se multiplican varias veces en comparación a los montos aplicados previo a la reforma:
Por otro lado, es preciso consignar que, en los juicios colectivos, las multas incluso se podrían multiplicar por el número de consumidores afectados. Con todo, se establecen ciertas limitaciones en cuanto a los montos máximos que se podrán pagar por aplicación de dichas multas, los que en ningún caso podrán sobrepasar las 45.000 unidades tributarias anuales, esto es, poco menos de 40 millones de dólares. Seguir leyendo “¿Qué contiene la nueva ley que fortalece al SERNAC y las Asociaciones de Consumidores?”